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El Poder Ejecutivo resolvió establecer servicios mínimos de carácter transitorio en la Terminal Cuenca del Plata (TCP), la terminal especializada en contenedores del puerto de Montevideo, tras el conflicto sin resolución entre el sindicato TCP Nelsury y la empresa. El documento firmado por la ministra de Transporte y Obras Públicas, Lucía Etcheverry y su par de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Juan Castillo, señala que en las instancias de negociación previas las partes no alcanzaron un acuerdo para suscribir un convenio colectivo que regule las relaciones laborales en la empresa.

El Poder Ejecutivo apeló al artículo número 65 de la Constitución de la República, que le atribuye a las autoridades la responsabilidad de mantener la continuidad de los servicios públicos, para intervenir y fijar por decreto las condiciones operativas mínimas de la terminal.

El texto aclara que se trata de un régimen «especial y transitorio», propio de una situación calificada como «anormal y pasajera», por lo que no podrá utilizarse como antecedente y regirá únicamente para este caso puntual.

Entre los servicios que deberán prestarse de forma obligatoria figuran las tareas de muelle para la carga y descarga de buques, la recepción de contenedores llenos y vacíos —tanto por transporte carretero como, eventualmente, fluvial— y los servicios de almacenamiento y depósito. Para el transporte carretero, la resolución exige garantizar un mínimo de 25 contenedores por hora.

Para sostener esa operativa, el Gobierno detalló una dotación mínima de personal por área:

• Mantenimiento: 4 técnicos.

• Administrativos para tareas aduaneras: 2 empleados.

• Pañol: 1 empleado.

Gate llenos: 2 casetas, 1 dispatcher, 1 yard planner, 3 choferes, 2 inspectores.

• Logística: 1 staker, 1 elevador, 1 encargado, 1 administrativo.

• 2 grúas: 3 operarios.

• 4 apuntadores.

• 5 choferes straddle carrier.

• 12 estibadores.

• 4 referentes.

• 2 planificadores de buques.

• 1 dispatcher.

• 1 maquinista de playa de contenedores vacíos.

• 2 administrativos de operaciones

Gate vacío: 1 administrativo, 1 dispatcher, 1 yard planner, 1 coordinador, 1 maquinista, 1 inspector.

Plena operativa de contenedores refrigerados

La resolución además instruye a las partes a establecer los mecanismos necesarios para garantizar la plena operativa de los contenedores refrigerados o que transporten materiales perecederos o sanitariamente sensibles, dado el riesgo que implica cualquier demora para ese tipo de cargas.

El régimen entró en vigencia a las 00:00 horas del sábado 12 y se mantendrá hasta que un nuevo acto administrativo disponga su cese. La organización de los turnos para cumplir con los servicios mínimos quedó a cargo de TCP que deberá respetar las categorías laborales, las habilitaciones técnicas y las normas de seguridad y salud en el trabajo, además de informar de inmediato a ambas carteras la nómina de trabajadores asignada a cada turno.

El MTSS dispuso mantener abiertos, a través de la Dirección Nacional de Trabajo, los canales de conciliación y negociación colectiva entre la empresa y el sindicato, a los que convocará oportunamente. La resolución fue notificada a TCP y al Sindicato Único Portuario y Ramas Afines, y también se comunicó a la Administración Nacional de Puertos y a la Capitanía del Puerto de Montevideo.