Puerto de Nueva Palmira | Foto: ANP
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El excatedrático de Derecho Internacional Privado y Público de la Facultad de Derecho de la Udelar y de Derecho Internacional Marítimo de la Academia de Derecho Internacional de La Haya, Edison González Lapeyre, cuestionó la decisión de Argentina de profundizar la Vía Navegable Troncal hasta 36 pies en una primera etapa y 39 pies (11,89 metros) en el futuro, mientras el canal Martín García mantendrá una profundidad de 34 pies (10,36 metros) en fondos blandos y 38 pies (11,58 metros) en fondos duros.

A su juicio, esa diferencia consolida una pérdida de competitividad para el sistema portuario uruguayo y podría configurar un incumplimiento del Tratado del Río de la Plata, del cual el experto fue uno de sus redactores.

Durante una entrevista en el programa «No Toquen Nada» de Del Sol FM, González Lapeyre afirmó que las autoridades uruguayas actuaron con «anuencia y actitud negligente» al permitir que la Vía Navegable Troncal de Argentina avance hacia mayores profundidades mientras los canales Martín García mantienen sus condiciones actuales.

Un canal estratégico

El jurista recordó que participó en la negociación del régimen de canales del Tratado del Río de la Plata y que, siendo presidente de la delegación uruguaya ante la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), impulsó a comienzos de la década de 1990 el proyecto de dragado conjunto de los canales Martín García.

Relató que la iniciativa se apoyó en estudios del ingeniero hidráulico argentino Emilio Mitre, quien ya en 1910 sostenía que el canal natural para la navegación del Río de la Plata era Martín García. Tras una serie de conversaciones con la delegación argentina y con el respaldo político de ambos gobiernos, entre fines de 1989 e inicios de 1990 redactó la propuesta de dragado conjunto, con el asesoramiento del capitán de navío Humberto Antoniello y luego de consultar a la Cancillería uruguaya.

Ese proceso permitió desarrollar una vía navegable que actualmente posee 34 pies de profundidad en fondos blandos y 38 pies en fondos duros, condiciones que durante décadas resultaron adecuadas para la navegación de buques Panamax y favorecieron el crecimiento de Nueva Palmira como salida de las cargas provenientes de la hidrovía Paraguay-Paraná.

Diferencias con la Vía Navegable Troncal

González Lapeyre sostuvo que la situación cambió con la decisión de Argentina de profundizar la denominada Vía Navegable Troncal hasta 36 pies en una primera etapa y 39 pies posteriormente, mientras que la licitación para el canal Martín García mantiene las profundidades actuales y únicamente prevé ampliar en 24 metros el ancho de la solera. Esa diferencia coloca a Uruguay en una situación de desventaja logística, observó.

«¿Qué es lo que sucede? Uruguay pierde competitividad», aseveró. Explicó que la medida afecta especialmente al puerto de Nueva Palmira y a las terminales que dependen de esa vía de navegación, entre ellas la de Montes del Plata. Además, puede comprometer el desarrollo de futuros proyectos portuarios como Martín Chico, en Colonia, o en Playa de la Agraciada, en Soriano, complementó.

Más allá de las consecuencias económicas, González Lapeyre analizó que el procedimiento seguido incumple disposiciones expresas del Tratado del Río de la Plata. Recordó que el artículo 14 establece la obligación de realizar consultas previas cuando se modifica la reglamentación de un canal, mientras que el artículo 17 dispone que toda construcción o modificación significativa de un canal debe ser sometida a consideración de la CARP para evaluar si puede ocasionar perjuicios al régimen del río o a la navegación.

Dijo que ninguno de esos procedimientos fue cumplido. «Estoy absolutamente convencido de que eso va contra el tratado», expresó. Asimismo, señaló que Argentina ya había adoptado anteriormente decisiones unilaterales sobre el régimen de peajes sin cumplir con las consultas previstas y consideró que Uruguay debería hacer valer los mecanismos jurídicos establecidos en el acuerdo bilateral.

Reclamo a la Cancillería

El experto consideró que la Cancillería debería activar el mecanismo de solución de controversias previsto en el Tratado del Río de la Plata, que incluso habilita, en última instancia, a recurrir ante la Corte Internacional de Justicia. Como antecedente, recordó litigio iniciado por Argentina, en 2006, contra Uruguay por la autorización del gobierno uruguayo para la instalación de dos plantas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay, desarrollado bajo un régimen jurídico similar.

También citó declaraciones del entonces senador Sergio Abreu cuando dijo que «el principio de competitividad en el canal Martín García es esencial para nuestro país y ese canal constituye la condición necesaria para que nuestros puertos tengan futuro».

Para González Lapeyre, mantener una diferencia creciente entre las profundidades del canal Martín García y la Vía Navegable Troncal vulnera el principio de no discriminación que inspira el Tratado del Río de la Plata y afecta directamente la posición estratégica del sistema portuario uruguayo. «Si estoy equivocado, que me rectifiquen», concluyó, al insistir en que tanto el Estado como los actores privados vinculados a la actividad portuaria deberían impulsar las acciones previstas en el tratado para defender los intereses nacionales.