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El Gobierno argentino aprobó un nuevo reglamento para los servicios de practicaje y pilotaje en los ríos, puertos, pasos y canales del país, con el objetivo de modernizar una normativa vigente desde hace más de tres décadas, incrementar la competencia entre prestadores y reducir los costos logísticos asociados al comercio exterior.

La medida fue dispuesta mediante el Decreto 690/2026, publicado este 31 de julio en el Boletín Oficial, que deroga el Decreto 2694/1991 e incorpora un nuevo marco regulatorio para una actividad considerada servicio público esencial para la seguridad de la navegación y la protección ambiental.

Entre los principales fundamentos de la reforma, el Poder Ejecutivo sostuvo que la reglamentación anterior contenía requisitos que habían quedado obsoletos frente a la evolución tecnológica de la navegación y que, además, generaban barreras de ingreso para nuevos operadores, favoreciendo conductas anticompetitivas y elevando los costos del transporte marítimo y fluvial.

El nuevo régimen establece que los prácticos habilitados podrán ser contratados libremente por los usuarios como profesionales independientes, mientras que la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (Anpyn) fijará tarifas máximas para cada tipo de servicio. Las mismas deberán comprender todas las maniobras y conceptos propios del practicaje y pilotaje, prohibiéndose el cobro de cargos adicionales que no hayan sido previamente autorizados por el organismo.

Además, la normativa habilita a los usuarios a contratar libremente los servicios de transporte terrestre, acuático o aéreo para el embarque y desembarque de los prácticos. Estos solo podrán rechazar un medio de transporte cuando existan razones objetivas de seguridad debidamente justificadas ante la Prefectura Naval Argentina (PNA).

Otro de los cambios relevantes apunta a garantizar la continuidad del servicio. En situaciones excepcionales o de crisis que afecten el funcionamiento del sistema, la PNA podrá prestar directamente los servicios de practicaje, pilotaje o baquía, e incluso requerir la participación de la Armada Argentina o autorizar temporalmente a capitanes con certificado de conocimiento de zona para desempeñar esas funciones.

Evitar prácticas monopólicas

La reforma también flexibiliza las condiciones para que capitanes de ese país y extranjeros puedan obtener certificados de conocimiento de zona. Quienes acrediten experiencia suficiente en determinados trayectos y dominio del idioma inglés, cuando corresponda, podrán quedar exceptuados de contratar prácticos o baqueanos, reduciendo así costos operativos cuando ello no comprometa la seguridad de la navegación.

En materia de transparencia, las empresas y entidades que ofrezcan servicios de practicaje, pilotaje, baquía o transporte complementario deberán publicar mensualmente sus tarifas y remitir información trimestral sobre precios y servicios prestados a la Anpyn y a la Autoridad Nacional de la Competencia, con el propósito de monitorear el mercado y evitar prácticas monopólicas.

El decreto actualiza los requisitos para la formación y habilitación de prácticos y baqueanos, transfiere a la PNA los procesos de titulación que hasta ahora estaban bajo la órbita de la Armada Argentina y modifica los criterios de obligatoriedad del servicio, elevando los umbrales de eslora y calado en distintas zonas navegables donde las condiciones operativas permiten una mayor flexibilización.

Con el nuevo reglamento, el Gobierno argentino busca compatibilizar la seguridad de la navegación con una mayor eficiencia logística, promover la incorporación de nuevos prestadores, reducir costos para el comercio exterior y fortalecer la competitividad del sistema portuario y de la navegación fluvial y marítima del país.